El Consejo de Estado condenó a la Nación por la ejecución extrajudicial de los jóvenes Erick Alberto Osorio Martínez y José Miguel Londoño Ramírez, quienes para la época de los hechos, el 29 de diciembre de 2005, tenían 17 y 19 años respectivamente, y fueron reportados como bajas en combate por integrantes del Grupo Gaula del Oriente Antioquia en la vereda La Victoria del municipio de Rionegro.
Los jóvenes iban desde Medellín para asistir a un asado que había organizado un grupo de amigos para despedir aquél año, sin embargo fueron asesinados en un falso combate reportado ese mismo día.
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Luego de agotar todas las instancias el Consejo de Estado confirmó la condena que había emitido el Tribunal Administrativo de Antioquia, y además ordenó al Ejército y al Ministerio de Defensa a realizar un acto de perdón público.
Cabe señalar que en noviembre de 2015 el Juzgado Penal del Circuito de Rionegro condenó a Oscar Fabián Vargas Barrera, quien para la época de los hechos era el comandante de la Unidad Operativa del Gaula Rural del Oriente Antioqueño, y al soldado profesional Davidson Mosquera Berrío.
En su sentencia, el Alto Tribunal ordenó al Ejército a que en un plazo máximo de dos meses realice un acto solemne de presentación de excusas públicas ante los familiares de las víctimas, que será presidido por el comandante de Grupo Gaula Rural del Oriente Antioqueño, además de que deberá tener presencia de medios de comunicación.
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En el fallo, el Consejo de Estado ordenó además que “el Ministerio de Defensa Nacional publicará en un periódico de amplia circulación local en el departamento de Antioquia y, concretamente, en los municipios de Medellín y Rionegro, una nota de prensa con base en las consideraciones de esta sentencia, con el fin de que se rectifique la verdadera identidad de las víctimas directas”.
El fallo, citado por la periodista Alejandra Bonilla Mora para El Tiempo, dice además que el Ministerio deberá fijar un link en su página oficial y en sus distintas redes sociales con un encabezado apropiado en el que se pueda acceder a la decisión judicial hasta por seis meses.
Según el medio, en el fallo se dispuso además que la decisión se envíe al Director del Centro Nacional de Memoria Histórica y del Archivo General de la Nación “con el fin de que haga parte de su registro, y contribuya a la construcción documental del país que busca preservar la memoria de la violencia generada por el conflicto armado interno en Colombia”, reseña el apartado de la sentencia citada por el medio.
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